Para mayor información acceder aquí.
Si, un extranjero puede establecer una empresa en Perú.
Sólo en el caso de haber realizado una inversión de USD 5 millones como monto mínimo se la debe registrar ante PROINVERSIÓN.
El registro de la inversión otorga al inversionista extranjero el derecho a transferir al exterior, en divisas libremente convertibles, sin autorización previa de ninguna autoridad del Gobierno Central u organismos públicos descentralizados, el íntegro de sus capitales provenientes de inversiones, dividendos o utilidades, etc; así como, el derecho a utilizar el tipo de cambio compra/venta más favorable al momento de efectuar una operación cambiaria.
Con la finalidad de promover la inversión privada, el Perú ha establecido un marco legal estable y atractivo para la inversión, tanto nacional como extranjera.
Perú tiene un marco legal para proteger la estabilidad económica de los inversionistas y reduce la interferencia del Estado en actividades económicas. El Estado peruano puede otorgar estabilidad jurídica y los inversionistas extranjeros pueden solicitar la suscripción de un convenio de estabilidad jurídica siempre y cuando estén dispuestos a invertir en Perú por un periódo no menor a dos años y por montos mínimos de USD 10 millones en los sectores de minería y/o hidrocarburos, o de USD 5 millones en cualquier otra actividad económica.
Además, dentro del régimen promocional otorga otros beneficios como:
-Régimen especial de recuperación anticipada del IGV: Consiste en la devolución del IGV trasladado o pagado en las operaciones de importación y/o adquisición local de bienes intermedios, bienes de capital, servicios y contratos de construcción que se utilicen directamente en la ejecución del Compromiso de Inversión de un Proyecto, siempre que éste se encuentre en una etapa preproductiva igual o mayor a dos años.
Para ver los requisitos ingresar aquí
-Zonas francas: fueron creadas con el propósito de promover la inversion. Ésta área goza de extraterritorialidad aduanera, donde se aplica un régimen especial en materia tributaria que supone no sólo la exención de los tributos a la importacion de los bienes que ingresen a dicha zona, sino que demás prevé la exoneración del impuesto a la Renta, Impuesto General a las Ventas, Impuesto Selectivo al Consumo, Impuesto de Promocion Municipal, así como todo tributo, tanto del gobierno central, regional y municipal.
Para mayor información ingresar aquí
No, no existe hasta el momento un convenio entre ambos países para evitarla.
Para registrar una marca en Perú se debe recurrir a INDECOPI, es la instancia del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI), encargada de administrar el sistema de derechos sobre marcas de producto o de servicio, nombres y lemas comerciales, denominaciones de origen y de cualquier otro signo que la legislación sujete a su responsabilidad.
Para ser proveedor del Estado peruano como primer paso se deben inscribir en el Registro Nacional de Proveedores (RNP).
Como segundo paso deberá buscar los procesos convocados de su interés.
Luego deberá participar del proceso de selección y por último se realiza la firma del contrato en caso de ser elegido como proveedor.
Los datos de la RNP son:
-Teléfono:Central +511 6135555 Anexo 5000
-Mail: rnpatiende@osce.gob.pe
Para mayor información acceder aquí.